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 Número 19 (Diciembre 2012)

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  Régimen especial de consultas para productoras, programas de televisión o cine y editoriales  

 

1.  La consulta de material del acervo del CeDInCI para productoras y editoriales se rige por los artículos 5 al 13 del "reglamento de consulta y reproducción"

2. El CeDInCI es un centro de documentación e investigación cuya prioridad es la investigación científica y la atención a estudiantes e investigadores . Por esta razón, los requerimientos de los usuarios institucionales (instituciones públicas o privadas) se atenderán solo de acuerdo a las posibilidades de tiempo, espacio y disponibilidad del personal.

3. La consulta de material del cedinci por parte de productoras de tv y cine, programas de tv y editoriales esta sujeta a un arancel fijado de acuerdo a las características del servicio que soliciten. A saber:

3.1. Pueden consultar los catálogos y solicitar el material bajo la misma modalidad de los investigadores y estudiantes: en sala, sin arancel obligatorio, en los mismos horarios y con un límite no mayor a 15 piezas documentales por día de consulta. Para la reproducción de esos materiales pueden optar por el servicio de escaneo que ofrece el cedinci o bien tomar fotografías o filmar por su cuenta. En el primer caso deberán abonar las tarifas vigentes de acuerdo al formato o soporte de los documentos solicitados. En el segundo caso, se otorgara un horario especial en sala de consulta. El valor de este servicio es de 150 pesos la hora e incluye la preparación del material seleccionado, el préstamo y la atención personalizada durante el proceso de fotografiar o filmar.

3.2. Si no desearan realizar la investigación por su cuenta, podrán solicitar un servicio de asistencia de investigación o referencia especializada . En este caso, un investigador de la institución se encargará de buscar los materiales de acuerdo a las sugerencias o intereses indicados y en base al conocimiento especifico que posee sobre el patrimonio existente y el tema abordado. El costo de este servicio es de 50 pesos la hora de investigación. En este caso, se deberá abonar una seña por dos horas de investigación y el costo final al finalizar el trabajo. El monto del servicio será informado en tiempo y forma mediante presupuesto membretado.

Para la reproducción de esos materiales el usuario puede optar por el servicio de escaneo que ofrece el cedinci o bien tomar fotografías o filmar por su cuenta. En el primer caso deberá abonar las tarifas vigentes de acuerdo al formato o soporte de los documentos solicitados. En el segundo caso, se otorgará un horario especial en sala de consulta. El valor de este servicio es de 50 pesos la hora que insuma filmar o fotografiar el material.

4. Excepciones. Aquellas productoras o editoriales que lleven adelante proyectos independientes y con claros fines didácticos y de divulgación y no se encuentren en condiciones de abonar las tarifas indicadas para el caso 3. 1, pueden solicitar una exención mediante una carta dirigida a las autoridades del cedinci en la cual puedan certificar las razones del pedido.

5. En todos los casos, las instituciones / organizaciones aquí mencionadas deberán respetar y ajustarse a las disposiciones en cuanto a uso y reproducción dispuesta por el reglamento del cedinci.

6. En todos los casos, las instituciones / organizaciones aquí mencionadas deberán completar en forma detallada una solicitud de autorización para el uso y reproducción de los materiales que constituyen el patrimonio del cedinci. El formulario correspondiente debe ser solicitado al referencista.

7. Salvo indicación expresa de lo contrario, el cedinci no posee los derechos de reproducción sobre la documentación que resguarda . Su función es solo disponer la consulta de los materiales y facilitar su acceso. Los derechos sobre los documentos gráficos, fotográficos o fílmicos que puedan ser objeto de reproducción publica deben ser gestionados ante quien corresponda.

8. Es obligación de las instituciones / organizaciones aquí mencionadas dejar constancia de su condición y no falsear datos respecto a los fines del material que solicitan. El cedinci se resguarda el derecho de negar la consulta de sus materiales en el caso de detectar datos falsos o deliberadamente alterados para evadir las condiciones de accesibilidad aquí indicadas.

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